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Protección de datos en redes sociales: Cumple la LOPD 2024

Las redes sociales son plataformas en las que usuarios y empresas interactúan entre sí. Las compañías tienen acceso a gran cantidad de datos de followers o usuarios, los cuáles pueden usar con diferentes finalidades. Sin embargo, el RGPD establece diversas exigencias en el tratamiento de datos de usuarios. En este artículo vemos cómo se debe tratar la protección de datos en redes sociales, las obligaciones de la LOPD en redes sociales que las empresas deben cumplir y los derechos de los interesados.

¿Cómo cumplir la LOPD en redes sociales?

Las empresas pueden obtener grandes beneficios de estar en las redes sociales, pero también hay que tener en cuenta que es necesario cumplir determinados requisitos en materia de Protección de Datos, por ejemplo, al publicar fotos de empleados o menores o al recopilar datos personales para realizar concursos.

Entre las obligaciones impuestas por la Ley de Protección de Datos en redes sociales siempre que tengamos acceso a datos de carácter personal están:

  • Obligación de elaborar un Registro de actividades de tratamiento.
  • Redactar las cláusulas de protección de datos y la política de privacidad para recabar el consentimiento expreso de los interesados.
  • Aprobar las medidas de seguridad por el responsable del tratamiento.
  • Informar a los afectados de los derechos que tienen de acceso, rectificación, supresión y oposición al tratamiento de sus datos personales y del procedimiento para hacerlo.

La protección de datos en las redes sociales es obligatoria para todas aquellas empresas que traten datos de carácter personal de los usuarios.

Publicación de fotos en las redes sociales o recogida de datos personales para un sorteo

El uso indebido de fotos en las redes sociales es otra de las problemáticas más frecuentes en este tipo de plataformas.

Para cumplir con la protección de datos personales en redes sociales no podemos, en ningún caso, publicar imágenes sin consentimiento de nuestros trabajadores, clientes o menores en las redes sociales, necesitamos, al igual que para recopilar datos para realizar un concurso a través de esa red social o tratar cualquier otro dato personal, el consentimiento previo, explícito, indiscutible e informado del titular que, en el caso de los menores de 14 años, deberá otorgarse por los padres o tutores legales.

Para que nos den su consentimiento debemos informar a los afectados sobre:

  • La recogida de esos datos, la finalidad que tiene esa recopilación y el destinatario de la información
  • Las consecuencias de la recogida de esos datos o de la negativa a facilitarlos
  • La posibilidad de ejercer los derechos ARSULIPO.
  • El nombre y dirección del responsable del tratamiento.

Los usuarios deben saber que las empresas deben cumplir las obligaciones de la LOPD en redes sociales, de la misma manera que cuando llevan a cabo otros tratamientos de datos personales. Además, deben ser conscientes de los peligros de las redes sociales para la privacidad digital, como puede ser el caso del acoso o el ciberbullying, y tener en cuenta que ninguna empresa podrá tratar sus datos sin consentimiento y sin informar a los interesados sobre la finalidad de dicho tratamiento.

Como empresa, debemos respetar el nivel de privacidad en las redes sociales que los usuarios deseen mantener (que alguien publique información personal en su perfil de una red social, no implica que podamos tratarla sin su consentimiento, especialmente si el perfil es privado).

Prueba del consentimiento

Según la LOPDGDD, le corresponde al responsable del tratamiento probar la existencia del consentimiento de los afectados para tratar sus datos personales. Esta norma no establece un medio concreto para probar ese consentimiento, por lo que es admisible cualquiera que el responsable del tratamiento considere adecuado.

El consentimiento expreso puede obtenerse en la propia red social o fuera de ella, de modo que, si el usuario ha consentido una Política de Privacidad fuera de esa red social en la que autorice a recoger los datos de la Red Social con determinados fines, el consentimiento se entendería válidamente otorgado.

Una de las claves para cumplir con la LOPD en redes sociales está en la incorporación de una buena Política de Privacidad, que abarque todos los tratamientos que se quieran hacer posteriormente con los datos. El consentimiento se considera otorgado para aquellas finalidades, determinadas, legítimas y expresas que, previamente, han sido comunicadas al afectado a través de la antedicha información.

¿Qué información de las redes sociales puede utilizar la empresa?

Puede tratarse toda la información del usuario que se obtenga de la red social, siempre que se haya recibido el consentimiento para ello, con la excepción de aquellos datos especialmente protegidos que exijan, por imposición legal, un consentimiento expreso o por escrito. En todo caso, el tratamiento de esos datos debe acatar el principio de proporcionalidad, es decir, solo pueden tratarse los datos estrictamente necesarios para la finalidad para la que se ha prestado el consentimiento.

¿Por qué es importante cumplir la LOPD al usar redes sociales para las empresas?

Es importante cumplir con la LOPD en redes sociales, porque de no hacerlo, la empresa podría estar expuesta a ser denunciada por una vulneración de la normativa y, por tanto, ser investigada por la AEPD y recibir una posible sanción administrativa.

No debemos olvidar que aunque una persona tenga un perfil en redes sociales, eso no implica que podamos extraer datos o información personal de él o llevar cabo determinadas acciones, sin antes contar con el consentimiento del interesado.

Empresas en las redes sociales

¿Te has preguntado por qué debe estar tu negocio en redes sociales? Tal vez te seduzca la idea de acceder a unos 16 millones de posibles clientes en España. Una estrategia en las redes sociales resulta fundamental independientemente del tamaño de tu negocio.

¿Cuál es la razón que da lugar a que las empresas se creen un perfil en las redes sociales? Vender. Así de simple, una empresa tiene presente su objetivo económico en todo tipo de coyunturas.

Las redes sociales son usadas como un canal más de venta y publicidad para seducir a usuarios y clientes, pero ¿qué otras razones hay para encontrarse en las redes sociales? ¿Tener un perfil nos va a atraer más clientes? ¿De qué manera hay que dirigir las redes sociales de una empresa?

De hecho, más de la mitad de las empresas usa de forma activa las redes sociales para conseguir nuevos clientes.

Motivos para estar en las redes sociales

Inmersos en la era digital en que nos encontramos, los clientes demandan nuevas formas de comunicación con las empresas y las redes sociales aparecen como lugares de encuentro entre las empresas y los usuarios. Por tanto, incluir nuestro negocio en las redes sociales nos aportará indudables ventajas.

  1. Responder a la demanda de los clientes: los nuevos clientes utilizan las redes sociales de manera natural e intuitiva por lo que es importante que las empresas se introduzcan en este mundo digital para satisfacer las necesidades de esa nueva generación de nativos digitales.
  2. Ahorro de tiempo y dinero: la atención a través de servicios de Internet es inmediata y bastante más económica que la atención telefónica o presencial.
  3. Acercar la empresa al usuario: interrelacionarse con los usuarios a través de comentarios y mensajes privados da mayor sensación de cercanía que será muy valiosa para las empresas.
  4. Crear nuevas oportunidades de negocio: tener una presencia activa en redes sociales como Twitter (ahora X) o Facebook origina clientes satisfechos y con más predisposición para comprar el producto o servicio.
  5. Imagen de transparencia: responder a los comentarios y resolver las dudas de usuarios y seguidores otorga a la empresa una imagen de preocupación por sus clientes y es una garantía para sus seguidores.
  6. Posibilidad de contactar desde cualquier lugar: a veces los clientes no están en casa cuando necesitan contactar con los servicios de atención al cliente y pueden dejar un mensaje a través de las redes sociales.
  7. Las redes sociales suministran una información valiosa: a través de las redes sociales las empresas pueden acceder a información sobre los gustos y hábitos de los clientes lo cual es esencial para diseñar nuevas estrategias o campañas publicitarias.
  8. Tendencia en constante aumento: el número de empresas que atienden a sus clientes a través de las redes sociales está creciendo constantemente por lo que, no disponer de presencia en las redes sociales, supone una desventaja respecto a la competencia.

Redes sociales más utilizadas

A la hora de decidirnos por una u otra red social debemos tener en cuenta, en primer lugar, nuestro público objetivo, es decir, debemos seleccionar aquella en la que se encuentre nuestros mayores potenciales clientes. También es conveniente analizar la opinión que los usuarios tienen de las distintas redes sociales e informarnos también sobre todos los servicios que ofrecen las diferentes redes sociales para determinar los beneficios que puede aportar a nuestra empresa.

Según varios estudios realizados sobre cuáles son las redes sociales que más usan las empresas, los datos que nos muestran son:

  • Más de un 80% de los usuarios de Internet, con una edad entre los 18-55 años, utilizan las redes sociales.
  • Facebook se afianza como la red social más utilizada seguida de Youtube y Twitter.
  • LinkedIn, Instagram y Twitter son las que más usuarios nuevos acaparan.
  • Facebook también es la red social usada con más frecuencia, en concreto 7 días a la semana. Y en segundo lugar estaría Twitter.
  • Aumenta la asiduidad de uso de Instagram, LinkedIn y TikTok.
  • Youtube aparece como la red social más respetada por los usuarios preguntados con una nota de 8.
  • Un 90% de los usuarios utilizan las redes sociales para apoyar a marcas y el 38% lo hacen con mucha frecuencia.
  • El atractivo de una marca y la posibilidad de permanecer informado es la motivación primordial para seguir a las marcas vía redes sociales.
  • Facebook sigue siendo la principal red para seguir a marcas, seguido de Twitter.
  • Solo un 12% de los encuestados confiesan haber comprado alguna vez a través de una red social.
  • Más de un 60% indican que las opiniones y comentarios en las redes sociales relacionados con productos y servicios sí ayudan en sus decisiones. Y son tenidos en cuenta en el proceso de compra para la mitad de usuarios.
  • Un 39% de los usuarios investigan en las redes sociales antes de realizar una compra en Internet, y la mayoría realiza comentarios o consultas sobre sus compras.

En cualquier caso, te decantes por una red social u otra para tu empresa o crees perfiles en varias de ellas, recuerda que siempre debes cumplir con LOPD en el uso de redes sociales para recabar y tratar datos personales de tus clientes.

¿Qué es el derecho al olvido en las redes sociales?

Lo mencionamos más arriba, uno de los nuevos derechos que introdujo la LOPDGDD fue el derecho al olvido, que también es aplicable a las redes sociales.

Concretamente, el artículo 94 de esta Ley recoge el «derecho al olvido en servicios de redes sociales y servicios equivalentes» y especifica que toda persona tiene derecho a que sus datos sean suprimidos a través de una solicitud simple, cuando dichos datos sean inadecuados, inexactos, no pertinentes, no actualizados o excesivos o se hayan alcanzado ese estado con el tiempo, teniendo en cuenta los fines para los que se recogieron o trataron, el tiempo transcurrido y la naturaleza e interés público de la información.

Textos legales para incluir en las redes sociales. ¿Dónde descargarlos?

¿Necesitas adaptarte al RGPD y la LOPD para cumplir con la protección de datos en redes sociales? ¡Tranquilo! Desde Grupo Atico34 te facilitamos todos los textos legales que debes incluir en tu página en las redes sociales y el documento necesario para solicitar el consentimiento.

¿Necesitas un presupuesto? Escríbenos o llámanos al 914 896 419

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