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Videovigilancia

¿Qué necesito para instalar cámaras de videovigilancia en mi negocio?

La videovigilancia es uno de los aspectos que más tiene en cuenta la actual normativa sobre protección de datos. Por ello, en esta guía te hablamos sobre todo lo que debes saber sobre la instalación de cámaras de vigilancia en un negocio.

Normativa de protección de datos sobre cámaras de seguridad en negocios

La legislación sobre cámaras de videovigilancia en España se resume en el RGPD (a nivel europeo) o la LOPDGDD (a nivel nacional):

La Ley Orgánica 3/2018 de Protección de datos de carácter personal considera un dato de carácter personal las imágenes obtenidas por un sistema de videovigilancia cuando permiten la identificación de personas.

Asimismo el Reglamento General de Protección de Datos europeo viene a consolidar dicha norma, añadiendo una serie de obligaciones que deberemos de cumplir, sobre todo en cuanto a medidas de seguridad que deberemos aplicar al tratamiento de las grabaciones.

Si te estás preguntando “que necesito para instalar cámaras de seguridad“, contacta con nosotros a través de este formulario o sigue leyendo y descubre todas las obligaciones que imponen estas normativas.

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¿Qué tipos de negocios pueden instalar cámaras de seguridad (bares, tiendas…)?

El artículo 22 de la LOPDGDD señala que cualquier persona física o jurídica podrá tratar imágenes con sistemas o cámaras de vigilancia para la protección de sus instalaciones, así como para preservar la seguridad de los bienes y personas que trabajan en ellas.

Del mismo modo, el artículo 89 de la LOPDGDD indica que los empleadores podrán tratar las imágenes captadas por cámaras de seguridad para el control de sus trabajadores, siempre que lo hagan dentro de los límites que marca la ley. Uno de los requisitos imprescindibles es informar a los empleados de forma clara y expresa sobre la colocación de cámaras de videovigilancia.

Asimismo, el tratamiento debe ser proporcionado, por ejemplo, en el caso de cámaras con reconocimiento facial se requiere una limitación del propósito, la máxima transparencia, minimización de los datos obtenidos, establecer las adecuadas medidas de seguridad y no tratar las imágenes para la toma de decisiones automatizadas.

Por tanto, se puede decir que la ley ampara la colocación de cámaras de seguridad en un negocio. Pero, ¿qué requisitos se han de tener en cuenta? Lo vemos en el siguiente punto.

¿Qué se debe tener en cuenta para instalar cámaras de seguridad en un negocio?

¿Qué se necesita para instalar una cámara de seguridad? ¿Puedo poner cámaras en mi negocio? Te contamos todo lo que debes tener en cuenta.

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Permiso para instalar cámaras de seguridad

En principio, no se necesita permiso para cámaras de vigilancia. Eso sí, se requiere informar debidamente a los trabajadores, colocar los correspondientes carteles de videovigilancia y cumplir el resto de requisitos de la normativa sobre el tratamiento de imágenes. Asimismo, si las cámaras están conectadas a algún sistema central de alarmas, ha ser con una empresa que está acreditada e inscrita en el Ministerio del Interior.

Carteles de videovigilancia homologados

Se deben usar carteles homologados por la Agencia Española de Protección de Datos.

En el cartel también deberá figurar:

  • Nombre del responsable de la instalación (Nuestra empresa)
  • Dirección postal a la que pueda dirigirse el interesado para ejercerlos sus derechos

Informar de los lugares de colación de las cámaras

Los trabajadores y clientes de la entidad deben ser informados de la instalación de las cámaras.

Esta acción la realizaremos colocando carteles en lugares visibles e indicando que se trata de una zona videovigilada, y que incluyan algún mensaje del tipo “este establecimiento cuenta con cámaras de seguridad“.

Cámaras de vigilancia en la fachada del negocio

Otro aspecto importante es la instalación de las cámaras de videovigilancia. ¿Puedo poner cámaras de vigilancia en la fachada de mi negocio? Se puede, pero respetando ciertas exigencias.

Estas solo deben grabar lo referido al establecimiento y evitar la captación de imágenes a terceras personas o de espacios públicos.

Recuerda que la grabación de espacio público únicamente está permitido a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

No obstante la ley prevé que se puedan captar imágenes de la vía pública en caso de que resulten imprescindibles para la seguridad del negocio.

La normativa también señala que se podrá extender este radio de captación de imágenes en la vía pública cuando resulte indispensable para “la seguridad de bienes o instalaciones estratégicos o de infraestructuras vinculadas al transporte“, siempre y cuando no implique la captación de imágenes en domicilios privados.

Cámaras en el interior del negocio

¡Importante! Las instalación de cámaras de seguridad en el interior para videovigilancia de un negocio debe limitarse al espacio de trabajo. No se podrán colocar en zonas comunes o de descanso, y tampoco está permitida la instalación de cámaras de seguridad en baños o vestuarios. Puedes consultar más información en nuestra guía sobre videovigilancia en el trabajo.

Delimitación del acceso a los vídeos grabados desde las cámaras

Debido al carácter personal que tienen las imágenes grabadas por las cámaras de vigilancia en un negocio, solo podrán acceder a ella la persona encargada para tal fin.

Además se deberán situar todos los equipos y sistemas de vigilancia en una zona de acceso restringido a toda persona ajena.

Se establecerán también sistemas de autentificación  mediante usuarios y contraseñas que serán renovados cada cierto tiempo.

El periodo de conservación de los vídeos

Las imágenes captadas mediante cámaras de seguridad en negocios solo se podrán mantener en la base de datos de la empresa durante un plazo máximo de un mes.

Excepciones

No obstante, si las imágenes podrían ser prueba de la comisión de un delito, no se podrán eliminar y han de ponerse a disposición de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado en el caso de que quieran solicitar las grabaciones de las cámaras de seguridad para llevar a cabo una investigación.

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Sanciones por no cumplir la normativa sobre cámaras de videovigilancia en negocios

Las sanciones por colocar cámaras de seguridad incumpliendo la normativa, o el tratamiento de las imágenes obtenidas mediante videovigilancia sin atender a lo dispuesto en la ley, vienen determinadas en la LOPDGDD.

Estas sanciones dependen de la gravedad de la infracción, el daño causado a terceros o la extensión de la infracción en el tiempo, entre otros.

En función de ello, se pueden distinguir entre infracciones leves, graves o muy graves:

  • Infracciones Leves: multa entre 600 € y 60.101,21€
  • Infracciones Graves: multa entre 60.101,21 € y 300.506,05 €.
  • Infracciones Muy Graves: sanción entre 300.506,05 € y 601.012,10 €

¿Por qué es importante poner cámaras de seguridad en un negocio?

Las cámaras de seguridad y el correspondiente cartel informativo avisando sobre su presencia son un importante elemento disuasorio frente a posibles intrusos. A su vez, las grabaciones obtenidas por las cámaras de seguridad pueden ser empleadas como prueba para depurar responsabilidades en caso de robos, desperfectos o incidencias de cualquier tipo ocurridas en el interior del negocio.

¿Estás pensando colocar cámaras de seguridad en tu negocio y no sabes cómo cumplir la ley de protección de datos?

Es posible que quieras poner cámaras de videovigilancia en tu negocio y no sepas cómo hacerlo. Te entendemos. Son muchas las empresas que se han enfrentado a denuncias por parte de sus trabajadores por no cumplir correctamente con la normativa.

Has de tener en cuenta que hay numerosos requisitos a cumplir: informar a los trabajadores, colocar carteles de zona videovigilada, tener en cuenta dónde se puede grabar y dónde no, llevar un registro del tratamiento, informar sobre las finalidades del tratamiento, etc.

Todos estos requisitos son imprescindibles a la hora de instalar cámaras de seguridad en tiendas, cafeterías, y todo tipo de negocios o locales comerciales.

Por ello, te recomendamos que antes de instalar cámaras de videovigilancia en tu negocio, contactes con una empresa de protección de datos que te diga cómo cumplir el reglamento.

En Atico34 podemos ayudarte

En Grupo Atico34 estamos especializados en todo lo relativo a la protección de datos para empresas. Somos los indicados para decirte qué se necesita para poner cámaras de seguridad en tu negocio.

Y no solo eso, sino que te guiamos en todo el proceso de adaptación a la normativa. Consulta a nuestros expertos y descubre los requisitos para instalar cámaras de vigilancia en un negocio.

Habla con nosotros y pídenos información sin compromiso. Nuestro departamento de protección de datos te informará sobre todo lo que debes hacer para cumplir la normativa sobre videovigilancia.

No esperes más, contáctanos y evita sanciones por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

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